sábado, 25 de enero de 2014

LA NUEVA LEY DE PARQUES NACIONALES

Ayer viernes 24 de enero se aprobó el anteproyecto de la nueva Ley de Parques Nacionales, que suma una polémica más de última hora: la excepción a la prohibición de cualquier tipo de urbanización o edificación en estos espacios. 

Esta excepción se suma a la lista de puntos polémicos que la nueva normativa arrastra: permitir la navegación en Monfragüe y el vuelo sin motor en el Guadarrama madrileño, a lo que hay que incluir el rechazo que ha generado este documento en el Consejo de Estado. Este órgano consultivo va a presentar una enmienda a la totalidad porque ven indicios de anticonstitucionalidad, como es la invasión de competencias de las Comunidades Autónomas por parte de la Administración central en lo referente a la regularización del procedimiento de declaración de los parques, la declaración del estado de emergencia por catástrofe medioambiental y la intervención del Estado en caso de conservación desfavorable. No hay que olvidar que actualmente las competencias de los parques nacionales están transferidas a las Comunidades Autónomas.

La disposición adicional séptima de esta nueva ley permitirá la inclusión de "suelos urbanos o susceptibles de transformación urbanística" dentro de los parques nacionales. Si bien es cierto que la parte a la que se refiere a los "suelos urbanos" solo es aplicable a los núcleos existentes en el momento de declararse los parques, la posibilidad que genera recelo es la posibilidad de incluir "suelos susceptibles de transformación urbanística". Las entidades conservacionistas como EEA, SEO o WWF ven en este apartado una puerta a la posibilidad de construir hoteles o casas rurales, en una búsqueda por parte del Gobierno de rentabilizar económicamente estos espacios. Para el Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos, la inclusión de este apartado solo pretende dar solución a pequeños núcleos locales enclavados dentro de los parques que no pueden disponer de equipamientos públicos (depuradora o centro de salud), debido a las limitaciones establecidas por la anterior ley. Los municipios que se verían afectados son 3: Oseja de Sajambre y Posada de León (Picos de Europa, población inferior a 500 habitantes) y Villareal de San Carlos (Monfragüe, 30 habitantes).  Entre los urbanistas, no hay consenso. Para unos, es un disparate frente a la gran cantidad de suelo urbanizable que existe en España. Para otras, es una exageración decir que se abre la puerta a la edificación en estos espacios, ya que se aplicaría solo a los núcleos existentes.

Pero si son solo 3 los núcleos afectados, ¿por qué no se ha contemplado esta disposición de forma excepcional, como se ha hecho en el caso del vuelo sin motor en Guadarrama o la navegación en Monfragüe? Federico Ramos lo justifica por una cuestión meramente técnica ya que la navegación o el vuelo sin motor son actividades muy puntuales y con una legislación concreta. 

Tenemos claro que los espacios naturales deben ser lugares que aporten bienes y servicios a la comunidad, deben ser espacios cuya legislación permita un aprovechamiento razonable y sustentable de sus recursos. Y también la Administración competente en su gestión debe ser sensible con las necesidades de sus usuarios. Pero a menudo estas necesidades chocan con la burocracia de estos espacios, gigantesca, desconocida e incomprensible para el ciudadano, en la que en ocasiones no es capaz de dar respuesta. Y es en estos momentos cuando estas tiranteces pueden traducirse en comportamientos vandálicos de resultado trágico, como son los incendios. Así que si la nueva Ley de Parques incluye un requisito que permite a ciertos núcleos urbanos el poder disponer de equipamientos públicos que le son necesarios, estamos de acuerdo con ello. Pero creemos que ese no es el motivo de esta ley, sino más bien la argumentación que pretende utilizar el Gobierno para colarnos una privatización más de lo público, en pos de obtener un beneficio económico para unos pocos. Es imposible que pensemos lo contrario, visto lo visto con la Ley de Costas o con la Finca La Almoraima. 

Habrá que estar atento al progreso de esta ley, no vaya a pasar como con la de Costas, que se fue llenando de despropósitos durante su camino a su aprobación final.


La navegación en Monfragüe

El problema de la navegación por el río Tajo a su paso por este espacio natural extremeño se debe a las graves interferencias que puede ocasionar en la reproducción de la avifauna, que usa esta zona para nidificar. Este espacio, en el que están ausentes las carreteras y caminos y aislado del resto del territorio por sierras, se convierte en un oasis que alberga varias especies en peligro de extinción.

Permitir la navegación podría acarrear molestias durante uno de los momentos más críticos en el ciclo de vida de un ave, la reproducción. Como consecuencia, el éxito reproductor podría verse afectado y con él, una disminución de efectivos. 

Desde el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente se ha aclarado que la navegación está subordinada a la conservación y con ella, se busca atraer más visitantes al parque. 

El vuelo sin motor en Guadarrama madrileño

El vuelo sin motor presenta las mismas afecciones que la navegación en Monfragüe, las posibles molestias a las aves, especialmente a las rapaces. Este grupo, de forma general, presenta una baja productividad de pollos, razón por la cual es prioritario evitar cualquier interferencia negativa cercana a los nidos que puedan malograr la puesta o que los adultos abandonen el nido. 

Por su parte, Federico Ramos de Armas, ha detallado que el vuelo sin motor era una actividad que ya se realizaba antes de la reciente declaración de este espacio y que no entra en conflicto con la conservación del enclave.


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